Comisión Temporal de Seguimiento de los Cómputos Distritales y Municipales

Comisión Temporal de Seguimiento de los Cómputos Distritales y Municipales

El día 24 de julio, en Sesión Extraordinaria del Consejo General de este instituto, se aprobó por mayoría de votos el Acuerdo C.G. 016/2026 mediante el cual se integra la Comisión Temporal de Seguimiento de los Cómputos Distritales y Municipales ; , la cual se conforma de la siguiente manera:

Acuerdo CG/016/2026

La “Comisión Temporal de Seguimiento de los Cómputos Distritales y Municipales”, la cual tendrá de manera enunciativa, más no limitativa las atribuciones y obligaciones siguientes:

  1. Vigilar la adecuada difusión de los criterios y metodología a seguir durante los cómputos distritales y municipales en el Proceso Electoral Local 2026-2027.
  2. Dar seguimiento a las áreas responsables del Instituto, a fin de que se cuente con los elementos humanos, materiales, técnicos, logísticos, tecnológicos y financieros necesarios para la realización cómputos distritales y municipales en el Proceso Electoral Local 2026-2027.
  3. Proponer, en su caso, al Consejo General los lineamientos y demás normatividad aplicable para la realización de los cómputos distritales y municipales en el Proceso Electoral Local 2026-2027.
  4. Supervisar la capacitación que al efecto se implemente para la realización de los cómputos distritales y municipales en el Proceso Electoral Local 2026-2027.
  5. Coadyuvar con el Consejo General en todos los asuntos relacionados con la realización de los cómputos distritales y municipales en el Proceso Electoral Local 2026-2027.
  6. Concluido el Proceso Electoral Local 2026-2027, presentar al Consejo General un informe final, que contenga como mínimo, las actividades realizadas, las experiencias positivas y áreas de mejora en el diseño, desarrollo e implementación de los cómputos distritales y municipales, y las recomendaciones que se consideren pertinentes para eficientar su realización.
  7. Fijar sus procedimientos y normas de trabajo.
  8. Las demás que le confiera la normatividad aplicable en la materia y el Consejo General.
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